Antecedentes históricos de la suspensión del acto reclamado en el juicio de amparo
DOI:
https://doi.org/10.48703/di.v5i3.2095Palabras clave:
Constitucion, Derechos humanos, Ley de amparo, Juicio de amparo, ReformasResumen
Me parece que los antecedentes más antiguos de la suspensión del acto reclamado, los encontró el destacado estudioso del derecho e investigador, Andrés Lira González, quien, remontándose al amparo colonial, nos dice: “Otro de los aspectos de los alcances del mandamiento de amparo es, la suspensión del acto reclamado. Encontramos suspensión de actos reclamados en casi todos los amparos, pues se puede advertir cómo en las órdenes dadas a los alcaldes mayores, corregidores, y en general ejecutores del mandamiento de amparo se les advierte que hagan cesar los actos de agravio; pero esta suspensión o cesación, no es equiparable a la del moderno derecho procesal, en el cual se entiende por suspensión la cesación temporal de efectos de actos jurídicos determinados. En este sentido hay, sin embargo, algunos casos claros de amparo colonial, en los que el mandamiento tiene esos efectos suspensivos, como el otorgado en 1591 a los naturales de Joxutla por el virrey Don Luis de Velasco, amparándolos en unas tierras.