Salario Minimo

SU MONTO VIOLA LA CONSTITUCIÓN Y ES FACTOR DE EMPOBRECIMIENTO

Authors

  • Maria De los Angeles Hurtado Cabral

DOI:

https://doi.org/10.48703/di.v1i4.709

Keywords:

Palabras Clave: Salario mínimo, Línea de pobreza por ingresos, Línea de pobreza extrema por ingresos, Canasta Alimentaria, Canasta no Alimentaria, Pobreza por ingresos, Pobreza Extrema por ingresos, Mujeres las más pobres.

Abstract

El salario mínimo surge como parte fundamental en el derecho de todos los mexicanos a un trabajo digno y socialmente útil, siendo dicho salario el monto mínimo por el desempeño de tal trabajo. Surge con la finalidad de brindar una garantía a nivel constitucional de un mínimo de bienestar para todas las personas asalariadas y sus familias.

 

No obstante. El monto actual del salario mínimo general es violatorio de los términos constitucionales y es un factor de empobrecimiento. Pues, $102.68 (ciento dos pesos con sesenta y ocho centavos), no es el monto suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Tal como lo dispone nuestra ley suprema. Más grave aún para las mujeres trabajadoras que son madres, jefas de familia y algunas discriminadas.

 

El salario mínimo general actual aún es insuficiente con todo y el notable e importante incremento del 16% y del 100%, respectivamente, para el resto del país y para la zona libre de la frontera norte, vigente a partir del 1º de enero del 2019. El esfuerzo de promoción y acuerdo de tales incrementos hecho por el Presidente de la República es encomiable pero insuficiente. Hay que continuar con el esfuerzo.

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Published

2020-01-01