https://doi.org/10.71770/rieipd.v2i2.2581

La metodología de los problemas prototípicos e incidentes críticos aplicados en la investigación constitucional

 

The methodology of prototypical problems and critical incidents applied in constitutional research

Juan Manuel Gatica Carmonaa 

 

 

 

a Universidad Rosario Castellanos, México.

 

Recibido: 4 de marzo de 2024 | Aceptado: 2 de mayo de 2024

 

 

1. Introducción

 

La Constitución Política de la Ciudad de México (CPCDMX), erigida recientemente en el año 2017, establece como forma de gobierno la democracia directa, pero a diferencia de lo establecido en la Carta Magna, aquí se pueden encontrar de manera explícita los mecanismos e instrumentos para garantizar que ésta sea efectiva, es decir, establece la figura del Plebiscito, Referéndum, Consulta Popular, Consulta Ciudadana y Revocación del Mandato; sin embargo, estos se encuentran obstaculizados y controlados desde los poderes constituidos; como, por ejemplo, para ejercer de manera libre y directa el Plebiscito, de acuerdo con el artículo 25 de la CPCDMX, se requiere la condición de que necesariamente lo solicite la persona titular de la jefatura de gobierno. De esta manera, este mecanismo de participación directa se encuentra obstaculizado para ejercerlo.

Los hechos anteriormente descritos, son síntomas de una situación general del ejercicio de la democracia condicionada a las decisiones de los poderes constituidos; por lo cual, no es posible hablar, al menos al momento, de una democracia directa ejercida por las y los ciudadanos de la Ciudad de México. Ahora bien, ¿Cómo aplicar la MPPEIC para investigar esta situación? ¿Cuáles son los alcances y limitaciones de esta metodología aplicada a la investigación en el ámbito constitucional? ¿Cómo entender la limitación y obstaculización del ejercicio directo de la participación política en las decisiones importantes del gobierno de la Ciudad de México? ¿Cuál es la lógica constructiva de la limitación de la democracia?

En este sentido, para alcanzar los objetivos con base en las preguntas de investigación formuladas, se construye el Problema Prototípico (PP) referido a anulación del potencial de la democracia directa en la Ciudad de México, derivado de las limitaciones a los mecanismos de participación política directa establecidos en la Constitución. De manera complementaria y con base en la experiencia personal se elabora un Incidente Crítico (IC) referente a la limitación  la democracia mediante la violencia política, sustentado en manifestaciones de la sociedad civil que luchan por la apertura democrática, situación que por una parte,  generó en el ámbito cognitivo-racional la necesidad de conocer por qué que el ciudadano de la CDMX no puede participar directamente en la toma de decisiones fundamentales; mientras que desde el ámbito emotivo, generó frustración y enojo al no tener garantizado de manera amplia y sin restricciones de los poderes constituidos este derecho.

El trabajo se justifica académicamente, porque está basado en la hibridualidad propuesta por Herrera y Montero (2021) en dos vertientes: mejora de los procesos de enseñanza aprendizaje y de los programas de licenciatura. Respecto del primero, busca promover el desarrollo del pensamiento crítico y fomentar el desarrollo de la competencia argumentativa en estudiantes de derecho basada en el pensamiento complejo (Morin, 1990) a través de la aplicación del problema prototípico. Con relación a la segunda, busca, por una parte, construir respuestas viables para la solución del problema prototípico planteado y por la otra, diseñar estrategias innovadoras de retención escolar sustentadas en la motivación emotivo-racional en estudiantes, con base en el modelo pedagógico de la Hibridualidad (Herrera y Montero, 2021).

De manera complementaria, con esta metodología se busca romper paradigmas tradicionales de investigación. Por lo cual, se propone que el trabajo se desarrolle tomando como base el uso de metodologías críticas que promuevan las competencias asociadas a la resolución de problemas auténticos y que conllevan una fuerte carga emocional. Así mismo, el trabajo se orienta a fortalecer la Unidad Curricular de Aprendizaje (UCA) Teoría del Estado y Derecho Constitucional, con una perspectiva inter y transdisciplinaria con el objeto de promover el desarrollo del pensamiento crítico en estudiantes de la Licenciatura en Derecho a través de la aplicación de la MPPEIC. En congruencia teórico-metodológica con lo anterior, se propone una investigación que explique cómo esta metodología se constituye en una base importante no solamente en los procesos de enseñanza aprendizaje, sino también en la investigación en las ciencias sociales.

En estos términos, el trabajo se justifica socio políticamente debido a que se ejerce violencia política desde la CPCDMX, entendiendo a la violencia política como un daño, menoscabo o limitación en el derecho ciudadano de decidir en las cuestiones fundamentales de la Ciudad de México, como, por ejemplo, en la aprobación del presupuesto público. Cómo se observa, la violencia política está implícita en la imposición de leyes que fundamentan el régimen político, el sistema de partidos y el sistema electoral, que en conjunto limitan la participación directa de la ciudadanía al obstaculizar su ejercicio directo (Álvarez y Sánchez-Mejorada, 2006).

Se analiza el estado de la democracia en la Ciudad de México, desde la hibridualidad con una perspectiva crítica, interdisciplinaria y basada en la complejidad (Morin, 1990) ya que, se asume que es la mejor forma de estudiarla mediante la discusión de los problemas reales que sufre la sociedad ordenándolos desde diferentes perspectivas. Esto, debido a que los principales análisis de la democracia, generalmente se realizan basados en las perspectivas instrumentales, lo cual sólo justifica los intereses de grupos de poder quienes utilizan esta noción para legitimar su dominación (Cárdenas, 2016; Casar, 2010; Cossío, 2002; INE, 2018; Olvera, 2016; Sartori, 2005). Por ello, la intención de realizar un trabajo que vaya más allá de visiones procedimentales de la democracia (Ceballos, 1998; De Sousa, 2004; González-Casanova 1995; Laporta, 2005; Ramírez, 2002; Zibechi, 2011) es fundamental profundizar en los elementos de los procesos democráticos en la Ciudad de México y cómo éstos pueden influir en todo el país.

Así mismo,  el proyecto se justifica, debido a que el estado del arte es relativamente escaso: por una parte, existen muy pocos estudios que utilizan la investigación formativa aplicada al derecho constitucional y por la otra, la mayoría de los trabajos analiza la democracia desde una perspectiva procedimental (un procedimiento para elegir representantes) y no como una forma de gobierno (poder para decidir directamente en los asuntos fundamentales de la Ciudad de México), y específicamente, los estudios más abundantes se enfocan en el análisis del sistema electoral y de partidos, que son incapaces de explicar la profundidad y complejidad de manera interdisciplinaria las causas, las formas y los efectos de la limitación a la participación política directa. Ante esto, resulta necesaria una investigación que aplique esta metodología para dar cuenta de la realidad jurídico-constitucional con perspectiva crítica y que ponga en el centro del debate esta problemática.

En este sentido, el trabajo tiene pertinencia metodológica, jurídica política y social, porque busca incidir en el cambio jurídico-político mediante el estudio constitucional desde la hibridualidad. De manera complementaria, se busca no sólo hacer progresar la investigación formativa en el área de la Teoría del Estado y el Derecho Constitucional (Cruz, Ochoa y Robles, 2008) sino también generar un acompañamiento de los procesos sociopolíticos; además, de que los resultados puedan servir para la academia y en el empoderamiento ciudadano y de esta manera incidir en la participación activa, permanente, informada y crítica de los asuntos comunes.

Las preguntas de investigación que se formulan son las siguientes: ¿Cómo la MPPEIC puede aplicarse en la investigación de los procesos democráticos erigidos en la CPCDMX?; algunas preguntas secundarias que se formulan son las siguientes: ¿Cuáles son las causas políticas y jurídicas de esta limitación? ¿Cuáles son los efectos qué esta situación genera, en términos jurídicos y políticos, en la ciudadanía en la Ciudad de México? De esta manera, el supuesto de investigación nos lleva a señalar que esta metodología permite explicar crítica e interdisciplinariamente, que la CPCDMX limita la democracia cuando anula el potencial de la participación política directa obstaculizando el ejercicio de los mecanismos de participación ciudadana como el Plebiscito, el Referéndum, la Consulta Popular, la Consulta Ciudadana, la Iniciativa de Ley y la Revocación del Mandato; lo cual genera el debilitamiento del empoderamiento ciudadano.

 

2. Metodología

 

La metodología empleada es de carácter cualitativo – “que implica la recolección e interpretación de datos para descubrir y afinar las preguntas de investigación en el proceso de interpretación” (Hernández-Sampieri, 2014, p. 8) - desde el enfoque de la hibridualidad, basada principalmente en la MPPEIC, que es una alternativa desde la innovación crítica para afrontar las problemáticas asociadas a la enseñanza tradicional. Es una metodología que forma parte de los enfoques pedagógicos críticos sustentada en un “ecosistema de aprendizaje” conformado por “la interacción dinámica entre un contexto presencial, virtual, escolar y real, para   transferir el conocimiento del aula a escenarios reales, articulando esos contextos” (Herrera, 2020; Reynosa-Gómez y Reyes-Cabrera, 2023, p. 121). Es una propuesta híbrido-dual planteada por Alma X. Herrera y María Concepción Montero en La Hibridualidad en Educación Superior (Herrera y Montero, 2021).

Lo híbrido se refiere a dos planos para realizar el proceso de enseñanza-aprendizaje. El primero, es el áulico, donde se da seguimiento de la construcción de los saberes y se realizan las tareas auténticas “un recurso de la evaluación formativa del docente desde su rol reflexivo)” (Huerta, 2022, p. 724). Se proporcionan explicaciones básicas, se refuerzan los contenidos pendientes y se establece una interacción dinámica, crítica y activa (Francia y Mata, 2019). Mientras que el segundo plano, se compone del trabajo independiente en que se aplica el aprendizaje autogestivo, donde “el estudiante, de manera independiente, realiza las actividades necesarias para lograr sus aprendizajes significativos, útiles, prácticos y que sean también de su interés” (Delgado, 2024, p. 46; Ponce, 2016).

El ámbito de lo dual se compone de dos partes. Por un lado, el desarrollo personal y profesional que adquieren las y los estudiantes en su proceso de enseñanza-aprendizaje, para llevar sus conocimientos, mediante la práctica, a un escenario auténtico (Mazo y Cardona, 2019). Este último se entiende como “espacios reales, en los que confluyen aspectos sociales, económicos, políticos, religiosos y culturales y que impactan directa o indirectamente en el cognoscente” (Delgado, 2024, p. 46), de ahí la importancia de que su conocimiento sea situado. Este primer aspecto de lo dual se sustenta en algunos recursos fundamentales como: el Problema Prototípico (PP), el Incidente Crítico (IC), y el Organizador Cognitivo de Aprendizaje mismo que tienen su raíz conceptual en el Aprendizaje Basado en Problemas (ABP) (Morales, 2018; Bermúdez, 2021).

El PP tiene su base en el aprendizaje basado en problemas (ABP) y busca fijar una situación, en el contexto mismo del discente para que “así articule los saberes, conceptos, teorías, prácticas, métodos y técnicas alrededor de una dificultad real” (Hernández, 2014, p. 11). Por lo tanto, el PP es:

 

el aprendizaje empleando un modelo pedagógico basado en el desarrollo de problemas [que] favorece el desarrollo de habilidades transversales, así como el desarrollo de procesos de autorreflexión, autonomía, responsabilidad del propio aprendizaje, trabajo colaborativo, pensamiento crítico e incluso la transferencia de conocimientos de manera inmediata (Herrera y Montero, 2021, p. 85).

 

Las características más importantes del PP son las siguientes: Problemas relacionados con la vida real (el mundo de la vida) para el análisis y la reflexión crítica. Convergen diversas áreas de conocimiento. Invitan a identificar qué sabe sobre el problema y qué le falta aprender sobre lo que plantea el problema para identificar las variables involucradas. Tienen un alto valor formativo. Son útiles para “comunicar, discutir y definir ideas, generar estrategias, evaluar situaciones emergentes, clarificar recursos y definir alternativas” (Herrera y Montero, 2021, p. 85).

El IC está constituido por:

sucesos de la práctica profesional que causan perplejidad, dudas, sorpresa, molestia o inquietud por su falta de coherencia o por presentar resultados inesperados. Son sucesos de la práctica cotidiana (extraídos de la propia experiencia), que impactan o sorprenden (por su buen o mal curso) y que motivan o provocan pensamiento (reflexión) (Herrera y Montero, 2021, p. 168).

 

Lo crítico se refiere a lo sorprendente, inesperado o inquietante para el profesional que analiza su propia práctica. De lo anterior se destacan ciertos términos que ayudan a entender el IC, entre ellos “causar perplejidad”, “producir sorpresa”, es decir, se trata de eventos que impactan o sacuden a una persona, y que conducen a la reflexión. Dichos eventos, pueden ser positivos o negativos. En otras palabras, engendraron emociones que pueden ir de la alegría al enojo, de la impresión a la tristeza o decepción, o del sobresalto a la angustia.

Este aspecto se constituye en el incentivo que impulsa el interés de las y los estudiantes en conocimientos significativos en el ámbito de escenarios auténticos para aterrizar los saberes. Ejemplos de IC en el ámbito constitucional son los siguientes: violación de derechos humanos, abuso de poder político, falta de participación política, violencia política, fraude electoral, carencia de plebiscito, etc.

De manera complementaria, se recurre a otro instrumento pedagógico denominado Organizadores Cognitivos de Aprendizaje (OCA), son medios, instrumentos y recursos pedagógicos que facilitan el aprendizaje del conocimiento. Se entienden como “[…] un recurso didáctico que permite que un estudiante comprenda el significado de un contenido específico en la medida que entiende que dicho contenido se relaciona con conocimientos previos y subsecuentes” (Herrera y Montero, 2021, p. 93).

El OCA está conformado por un conjunto diverso de instrumentos como los siguientes: mapas (conceptual, mental, jerárquico, cíclicos, geográfico), diagramas de flujo, cuadro sinóptico, infografía, incluso líneas del tiempo o mándalas. De esta manera, las teorías, categorías y conceptos se presentan de manera gráfica, de tal modo que las y los estudiantes visualicen cuáles son los elementos que contiene el tema central a tratar. Las instrucciones para su elaboración se dan en el plano áulico, acompañado de la lectura correspondiente, para que los estudiantes desarrollen tal tarea en trabajo independiente (Guerra, 2019; Delgado, 2024).

En el presente trabajo, se propone la aplicación de esta metodología para el análisis de la democracia directa en la Ciudad de México. Para lograrlo, la investigación seguirá los siguientes momentos metodológicos: en primer término, se realizará un análisis de la CPCDMX respecto a las disposiciones constitucionales que fundamentan y motivan la democracia directa. Para realizarlo, se utilizará la perspectiva constitucionalista garantista para “el entendimiento y compresión de la defensa de principios jurídicos fundamentales que se encuentran implícitos en los procesos sociopolíticos desarrollados en la Ciudad de México” (Salgado, 2015, p. 68). En segundo lugar, se procederá a la construcción del PP consistente en la anulación del potencial de la democracia directa. En tercer término, se elaborará el IC basado en la violencia política (como limitante de la democracia directa). En cuarto lugar, se realizará un OCA, para presentar de manera gráfica tanto el PP como el IC, así como los conceptos y teorías para visualizar los elementos que contiene el tema central. Posteriormente, con base en el PP e IC se muestran los alcances y limitaciones de la democracia directa, que obstaculizan la participación política de la ciudadanía local. Para alcanzar estos objetivos, como parte de las técnicas a emplear, serán de fundamental importancia las fuentes bibliográficas, hemerográficas, videográficas, entre otras que resulten pertinentes. Finalmente, se procederá a la realización de las conclusiones pertinentes.

 

3. Resultados

 

Los resultados obtenidos se dividen en dos partes. La primera hace referencia a los resultados de la investigación respecto a las limitaciones a la democracia constitucional. La segunda, se refiere a los hallazgos de la aplicación de la MPPEIC en los procesos de investigación. Con relación a la primera, se encontró que esta metodología permite profundizar y percibir con claridad los mecanismos de limitación de la democracia en la CPCDMX, como se muestra a continuación. Con base en PP de la anulación del potencial de la democracia directa y el IC consiste en la limitación a la democracia mediante la violencia política ejercida sobre los ciudadanos para impedir su participación en las decisiones políticas de la ciudad, se logró profundizar en el análisis constitucional de la siguiente manera: 

La Iniciativa ciudadana, establecida en el Apartado B del artículo 25 de la CPCDMX establece la figura que reconoce el derecho a iniciar leyes, decretos y reformas a la Constitución ante el Congreso de la Ciudad de México, sin embargo, para ejercerla tiene las limitaciones siguientes: que los proyectos de ley cuenten con las firmas de al menos el cero punto trece por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la Ciudad; que el Congreso de la Ciudad de México resuelva la procedencia de la misma; tienen preferencia las iniciativas de ley que cuenten con al menos el cero punto veinticinco por ciento de las firmas de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la Ciudad y que sea presentada el día de la apertura del periodo ordinario de sesiones; no proceden las iniciativas en materia penal y tributaria; por lo tanto, si no se cumplen no es posible ejercerla.

En el apartado C, se establece el Referéndum, como derecho ciudadano a aprobar las reformas a la CPCDMX, sin embargo, tiene los obstáculos establecidos en el artículo 69 de la misma constitución (las reformas requieren, sólo para ser admitidas a discusión, cuando menos el voto de la mayoría de los miembros presentes del Congreso; y para ser aprobadas se requiere el voto de las dos terceras partes de las y los miembros presentes del Congreso de la Ciudad; sólo el Congreso, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, podrá disponer la celebración del referéndum sobre las reformas aprobadas a esta Constitución). No siendo suficientes estas condicionantes constitucionales, además se requiere de la solicitud de al menos el cero punto cuatro por ciento de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la Ciudad; y de las dos terceras partes de las y los integrantes del Congreso de la Ciudad; además de que las decisiones legislativas en las materias de derechos humanos, penal o tributaria no serán sometidas a referéndum).

En el Apartado D, del mismo ordenamiento, se establece el Plebiscito, mediante el cual se aprueban o rechazan las decisiones públicas que sean competencia del Poder Ejecutivo de la Ciudad o de las alcaldías. De igual manera que los mecanismos anteriores, su procedencia requiere la solicitud de, al menos el cero punto cuatro por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del ámbito respectivo; de la persona titular de la Jefatura de Gobierno; una tercera parte de las y los integrantes del Congreso de la Ciudad de México; y de las dos terceras partes de las alcaldías. Igualmente, las decisiones en materia de derechos humanos, penal, tributaria y fiscal no podrán ser sometidas a plebiscito. Por lo tanto, su procedencia es todo un vericueto de trabas legales establecido ex profeso para limitar la participación ciudadana directa.

En el apartado E, se establece la Consulta Ciudadana, mediante la cual, las autoridades someten a consideración de las y los ciudadanos cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos ámbitos temáticos o territoriales de la Ciudad. La limitación de este mecanismo consiste en que podrá ser solicitada por al menos el dos por ciento de las personas inscritas en el listado nominal. Por lo cual, para ser procedente se requiere el porcentaje de la lista nominal.

Asimismo, en el apartado F se establece la figura de la Consulta Popular, mediante la cual se le consulta a la ciudadanía sobre temas de trascendencia de la Ciudad. Entre los requisitos y limitantes para llevarla a cabo se encuentran los siguientes: que el Congreso de la Ciudad de México convoque a la consulta, a solicitud de al menos el dos por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la Ciudad; la persona titular de la Jefatura de Gobierno; una tercera parte de las y los integrantes del Congreso de la Ciudad de México; un tercio de las alcaldías; el equivalente al diez por ciento de los Comités Ciudadanos o las Asambleas Ciudadanas; y el equivalente al diez por ciento de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes. Además, la consulta no puede ser en cualquier momento, ya que se tiene que realizar el mismo día de la jornada electoral local. Igualmente, no podrán ser objeto de consulta popular las decisiones en materia de derechos humanos, penal, tributaria y fiscal. Con esta serie de trabas, se desmovilizó la intención ciudadana de participar en la consulta popular.

En el apartado G, se establece la figura de la Revocación del Mandato contra representantes electos cuando así lo demande al menos el diez por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del ámbito respectivo. El obstáculo para su procedencia consiste en que sólo procederá una vez, cuando haya transcurrido al menos la mitad de la duración del cargo de representación popular de que se trate. Por lo cual, la ciudadanía no tiene el poder de revocar a sus representantes en cualquier momento.

Como se puede observar, el ámbito político, jurídico y social se ha visto históricamente impactado por este escenario producto de las limitaciones o condicionantes a los mecanismos de participación política directa mencionados con anterioridad; por ejemplo, los impactos en los diferentes ámbitos se pueden observar de la siguiente manera: el impacto en el ámbito político consiste en las restricción en la participación directa en la toma de decisiones fundamentales de la Ciudad de México, en este sentido a los ciudadanos los han limitado a ejercer el voto para elegir a otros que decidan por ellos; el efecto en el ámbito jurídico se puede observar en que la ciudadanía difícilmente puede tener incidencia directa en el proceso legislativo, debido a la limitación implícita en estos mecanismos; y en el ámbito social, el efecto consiste en ha impedido la organización de la sociedad para aspirar a una verdadera sociedad civil.

Esta es la situación vigente en qué se encuentran los mecanismos de participación ciudadana como manifestación de la democracia en la Ciudad de México, mismos que no han demostrado mucha utilidad a la fecha, debido en gran parte, a las condicionantes, limitaciones y obstáculos que están restringiendo su ejercicio pleno, libre, horizontal, permanente y constante. Por lo tanto, los mecanismos constitucionales de participación ciudadana como expresión de la democracia han sufrido un fuerte impacto con estas cadenas que le han impuesto los poderes constituidos por medio de la CPCDMX. Se requiere de un análisis de fondo en términos de innovación legal para reactivar estos mecanismos de la vida democrática sin limitaciones impuestas por sus representantes.

Por otra parte, el segundo hallazgo referente a la aplicación de la MPPEIC (PP, IC y OCA) en los procesos de investigación, entendida como “un conjunto de procesos sistemáticos, críticos y empíricos que se aplican al estudio de un fenómeno o problema” para obtener información, responder preguntas o resolver problemas con el objetivo de generar conocimiento” (Hernández-Sampieri, 2014, p. 4). Se encontró que esta metodología aplicada en la investigación social proporciona una serie de datos que coadyuvan al fortalecimiento de la investigación en el área constitucional, con base en la propuesta de Herrera y Montero (2021) y Hernández-Sampieri (2014).

A continuación, se enlistan los siguientes hallazgos: 1. Coadyuva en la selección del tema y la construcción del objeto de estudio, es decir sirve y es muy útil en el planteamiento del problema. 2. Orienta la formulación de la pregunta de investigación en congruencia con los objetivos de investigación. 3. Ayuda para la construcción de las hipótesis y de las variables que la constituyen. 4. Conforma las diversas dimensiones de un proceso formativo que favorece la investigación. 5. La conexión multidimensional de los componentes de la MPPEIC adquiere gran relevancia para alentar investigaciones profundas, en contextos de aplicación real. 6. Favorece el desarrollo de habilidades transversales, y de procesos de autorreflexión, autonomía, responsabilidad, trabajo colaborativo y pensamiento crítico. 7. Favorece la discusión del problema experimentando diferentes emociones. 8. Propone un andamiaje sólido para generar o seleccionar posibles ideas para su abordaje, interpretación y solución. 9. Coadyuva en la producción de ideas innovadoras basadas en la visión de tendencias futuras. 10. Ayudan a construir una representación de una problemática compleja, social o profesional, de la realidad que favorece la movilización de recursos cognitivos y no cognitivos. 11. Favorece la construcción de objetos de estudio relacionados con la vida real que invitan al análisis y reflexión crítica. 12. Integra varias áreas de conocimiento. 13. Invita a identificar lo que se conoce y lo que se desconoce sobre el problema investigación. 14. Profundiza en la observación y evaluación de fenómenos. 15. Establece suposiciones como consecuencia de la observación y evaluación realizadas. 16. Demuestran el grado en que las suposiciones o ideas tienen fundamento.17. Ayuda a estructurar formalmente la idea de investigación. 18. Coadyuva a resolver problemas prácticos. 19. Favorece que la comunidad educativa desarrolle críticamente la investigación social. 20. Favorece la investigación haciendo, interactuando, compartiendo y siendo.

 

4. Discusión

 

Con el fin de exponer la aplicación de la MPPEIC en el análisis de la democracia establecida en la Constitución Política de la Ciudad de México y con base en la estrategia metodológica, se procederá a la discusión comenzando con la construcción del PP que analiza la CPCDMX respecto a las disposiciones constitucionales que fundamentan y motivan la democracia directa. Con base en lo anterior, el PP se intitula: Anulación del potencial de la democracia directa en la Ciudad de México.

Ahora bien, la CPCDMX a diferencia de la Carta Magna si tiene innovaciones legales importantes en materia de democracia directa, sin embargo, estos se encuentran maniatados por ciertas condiciones que anulan su potencial democrático. Con base en lo anterior, la CPCDMX establece en el artículo 24 constitucional la garantía de creación de espacios de participación ciudadana (CPCDMX, 2023). Asimismo, el capítulo segundo en sus artículos 25, 26 y 27 establece la democracia directa, la democracia participativa, la democracia representativa.

Respecto a la democracia directa, establece de manera puntual en el Apartado A del artículo 25 constitucional, que los ciudadanos tienen el derecho y deber de participar en la resolución de problemas y temas de interés general a través de los mecanismos de democracia directa, además de que las autoridades garantizan la democracia participativa, entendida como el derecho de las personas a incidir, individual o colectivamente, en las decisiones públicas y en la formulación, ejecución, evaluación y control del ejercicio de la función pública, en los términos que las leyes señalen.

El artículo 25 de la CPCDMX, establece los siguientes mecanismos de participación ciudadana directa: en el Apartado B establece la figura de la Iniciativa Ciudadana, que reconoce el derecho a iniciar leyes, decretos y reformas a la Constitución ante el Congreso de la Ciudad de México. En el apartado C, se establece el Referéndum, como derecho ciudadano a aprobar las reformas a la CPCDMX. En el Apartado D, se establece el Plebiscito, mediante el cual se aprueban o rechazan las decisiones públicas que sean competencia del Poder Ejecutivo de la Ciudad o de las alcaldías. En el apartado E, se establece el mecanismo de participación democrática directa denominada la Consulta Ciudadana, mediante la cual, las autoridades someten a consideración de las y los ciudadanos cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos ámbitos temáticos o territoriales de la Ciudad. En el apartado F se establece la figura de la Consulta Popular, mediante la cual se le consulta a la ciudadanía sobre temas de trascendencia de la Ciudad. En el apartado G, se establece la figura de la Revocación del Mandato contra representantes electos.

Como se puede observar, el ámbito político, jurídico y social se ha visto históricamente impactado por este escenario producto de las limitaciones o condicionantes a los mecanismos de participación política directa mencionados con anterioridad; por ejemplo, los impactos en los diferentes ámbitos se pueden observar de la siguiente manera: el impacto en el ámbito político consiste en las restricción en la participación directa en la toma de decisiones fundamentales de la Ciudad de México, en este sentido al ciudadano lo han limitado a ejercer el voto para elegir a otro que decida por ellos; el efecto en el ámbito jurídico se puede observar en que la ciudadanía difícilmente puede tener incidencia directa en el proceso legislativo, debido a la limitación implícita en estos mecanismos; y en el ámbito social, el efecto consiste en ha impedido la organización de la sociedad para aspirar a una verdadera sociedad civil.

Esta es la situación vigente en qué se encuentran los mecanismos de participación ciudadana como manifestación de la democracia en la Ciudad de México, mismos que no han demostrado mucha utilidad a la fecha, debido en gran parte, a las condicionantes, limitaciones y obstáculos que están restringiendo su ejercicio pleno, libre, horizontal, permanente y constante. Por lo tanto, los mecanismos constitucionales de participación ciudadana como expresión de la democracia han sufrido un fuerte impacto con estas cadenas que le han impuesto los poderes constituidos por medio de la CPCDMX. Se requiere de un análisis de fondo en términos de innovación legal para reactivar estos mecanismos de la vida democrática sin limitaciones impuestas por las y los representantes.

 

4.1. Dimensiones analíticas

 

Las limitaciones a los mecanismos de participación política, han afectado a México y de manera específica a la Ciudad de México, que históricamente carecía de estos instrumentos jurídico-políticos de democracia directa, toda vez que no tenía una constitución política propia, misma que fue erigida hasta el año de 2017. La CPCDMX es innovadora en materia de democracia directa, sin embargo, se requiere eliminar los requisitos o condiciones que limitan su ejercicio para que realmente se pueda hablar de una forma de gobierno democrática. Con base en lo anterior, es posible identificar causas multifactoriales de consecuencias derivadas de esta situación. Frente a este contexto de violencia política y con el objeto de definir algunas áreas de intervención bajo las cuales se pueden trabajar los proyectos de investigación, se profundiza en las siguientes dimensiones analíticas de esta problemática política de la Ciudad de México:

 

4.1.1. Violencia política

 

La violencia política se refiere a el daño o menoscabo en el poder ciudadano de decidir, ejercido desde los poderes constituidos del Estado mediante la cual, le quitan voz a la ciudadanía (Olvera, 2016) en asuntos de trascendencia para la Ciudad de México. Esta situación impide y obstaculiza el libre desarrollo del empoderamiento de la ciudadanía. La violencia política se distingue de la violencia electoral, debido a que ésta se limita al poder de elegir representantes, mientras que la otra violenta el poder de decisión directa.

 

4.1.2. Concentración del poder político

 

Se refiere a la concentración de las facultades para la toma de decisiones fundamentales en uno o varios órganos. En ese sentido, esta concentración del poder se encuentra en manos de los poderes constituidos (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), quienes ejercen la soberanía en nombre del pueblo, y detrás de estos poderes se encuentran las cúpulas de los partidos políticos (Gramsci, 1974) y detrás de estos se encuentra el mecenazgo (Weber, 2014). De tal manera que: “clase dominante aliada con la clase dirigente de los partidos políticos por medio del voto se apodera de la representación política del pueblo para favorecer su propio interés por medio de la acción de los poderes constituidos” (Gatica, 2021, p. 77).

 

4.1.3. Pérdida de legitimidad

 

El impacto derivado de las limitaciones a los mecanismos de democracia directa en esta dimensión, comienza con la pérdida de legitimidad de las instituciones políticas y jurídicas, es decir, se pierde la confianza y el respaldo social de la ciudadanía. Con base en la idea weberiana (2014), la legitimidad es “la probabilidad de que los dominadores justifiquen la validez de su dominio, de tal modo que ésta puede representarse en el dominado no simplemente como conciencia de que el orden existente es justo, sino de que tiene la fuerza suficiente como para imponérsele” (Pamplona, 2001, p. 189).

4.1.4. Heteronomía

 

Se refiere a la dependencia de las decisiones de terceras personas, de esta manera la conducta de los ciudadanos se rige por reglas que le son impuestas desde el exterior. Como ejemplo se puede observar, que para la realización del Plebiscito en la Ciudad de México, se requiere que lo solicite la persona titular de la jefatura de gobierno. Este concepto es opuesto al término autonomía, que se refiere precisamente a la autodeterminación de los pueblos y comunidades sin la participación de intermediarios.

 

4.1.5. Pasividad ciudadana

 

Esta dimensión es contraria a la ciudadanía activa y se refiere a la comodidad o conformismo político caracterizado por una actitud indiferente hacia los asuntos comunes o públicos. Esta dimensión también se encuentra maridada con la apatía política. La ciudadanía pasiva acostumbra a las personas a no tener respuestas en situaciones críticas, debido también en gran medida a la falta de sentido crítico de la violencia simbólica del Estado (Weber, 2014; Schedler, 2004).

 

4.1.6. Clientelismo político

 

En lo general se refiere al intercambio de bienes y servicios por apoyo político y votos, denota una categoría analítica para la investigación de “relaciones informales de poder que sirven para el intercambio mutuo de servicios y bienes entre dos personas socialmente desiguales o entre dos grupos” (Caciagli, 1997, p. 292).

Con base en lo anterior, a continuación, se presenta el IC, que es un suceso de la práctica profesional, que causa perplejidad por presentar resultados inesperados. Es un momento importante en la elaboración y construcción del problema prototípico, invita a la reflexión crítica a los estudiantes y activa saberes previos de carácter cognitivo y emotivo (Herrera, 2020) que nos orientará hacia las asignaturas específicas. El IC se ha intitulado: Limitaciones a los mecanismos de la democracia mediante la violencia política.

Respecto al IC, se observa que Movimientos y organizaciones sociales demandan a los poderes constituidos de la Ciudad de México, garantizar a los ciudadanos el derecho a la participación directa en las decisiones fundamentales del gobierno, toda vez que existe un amplio malestar provocado por la violencia política que se ejerce desde el Estado. En respuesta, el gobierno propone a los manifestantes apegarse a los mecanismos de participación directa establecidos en la CPCDMX. Algunos grupos se adhieren a esta propuesta por medio de la vía institucional del sistema de partidos y otros más radicales, mediante la organización autonómica, sientan las bases para erigir sus propios gobiernos comunitarios, como es el caso de la cooperativa Autónoma Acapatzingo ubicado en la alcaldía Iztapalapa (Pizaña y Lozano, 2021).

Ahora bien, esta situación problemática nos activa saberes previos de carácter emocional y cognitivo (Herrera, 2020), que tienen que ver con la frustración, enojo, molestia, rabia y la necesidad racional para enfrentar esta situación de injusticia mediante la movilización social y de las instituciones jurídicas con el ánimo de hacer justicia política, debido a que el Estado no garantiza en los hechos, uno de los derechos más sagrados que tiene el ser humano: la facultad de decidir por sí mismo (Sartré, 2010) en las cuestiones importantes de su comunidad.

Frente a esta situación, al respecto se propone llevar a cabo reformas constitucionales a la CPCDMX mediante el análisis de los siguientes aspectos: las leyes que regulan la participación política (Sartori, 2005), su funcionamiento, vacíos legales, alcances y limitaciones de los mecanismos de participación política directa y el uso del derecho en la reivindicación de los derechos políticos. De manera complementaria, esta situación plantea el dilema, de continuar por la vía institucional mediante el sistema de partidos para alcanzar la democracia directa (Rodríguez, 2015), o por otro lado, recurrir a la construcción de proyectos de autonomía “más allá del Estado” como lo proponen los movimientos antisistémicos.

Para algunos críticos del Estado como Wallerstein (1999), la experiencia en este camino de quienes buscaron y siguen buscando hacer el cambio desde el Estado ha fracasado y seguirá fracasando, es decir, que: “la estrategia de dos pasos consistente en primero, ganar el poder dentro de la estructura estatal y segundo, y sólo después, transformar el mundo" (Wallerstein, 1999, p. 48), no ha funcionado. El otro camino para la construcción de alternativas se encuentra forzosamente prescindiendo del sistema electoral partidista, como lo han realizado algunos pueblos como en Cherán, Michoacán o Ayutla, Guerrero. Es el camino recorrido por algunos movimientos sociales en sus luchas por otro mundo posible.

Al contrastar la vía institucional y la vía no institucional para alcanzar el pleno ejercicio de la democracia directa nos deja la enseñanza de que los ciudadanos y ciudadanas necesariamente deben participar directamente en la decisión de los asuntos públicos y en la administración de los bienes comunes; esto se complementa con la necesidad de revisar las legislaciones y encontrar los vacíos en donde se pueda intervenir para modificar esta situación, y finalmente, conocer y aprender el proceso legislativo para incidir las reformas de las leyes constitucionales.

Para el ejercicio pleno de la forma de gobierno democrática es necesario eliminar las limitaciones o condicionantes que obstaculizan e impiden el potencial de estas figuras democráticas, lo cual puede favorecer el florecimiento de algunas características deseables que forman parte intrínseca de la participación política como la siguientes: autonomía; experimentación; capacidad de razonamiento y elección; aprendizaje de los errores; configuración de una mayor personalidad; se fomenta el sentido crítico y la creatividad; se desarrolla la capacidad de escucha, negociación y elección de alternativas; aprendizaje de valores democráticos; juventud como sujeto activo social; ejercicio y reivindicación de derechos de expresión; mayor riqueza y diversidad social (García, 2018).

En síntesis, la eliminación de los obstáculos constitucionales fomentaría la participación y el mejoramiento de la ciudadanía de la Ciudad de México. Además, esta eliminación representa una alta oportunidad para los poderes constituidos de reivindicarse con las ciudadanas y ciudadanos de la Ciudad de México. Con base en lo anterior, conocer los antecedentes de la anulación del potencial de la democracia, desde la experiencia de otros Estados es fundamental para el ejercicio de la democracia directa con base en el conocimiento de estos datos y de las experiencias se procedería a eliminar las trabas procedimentales existentes en el Plebiscito, el Referéndum, la Consulta popular, la Consulta ciudadana y la Revocación del mandato.

Con base en lo anterior, a continuación, se muestran algunos de los ejes temáticos que fortalecen y permiten el abordaje del PP (Herrera, 2020) a través de un proyecto de investigación centrado en el aprendizaje de acuerdo al programa educativo de la asignatura Estado y derecho constitucional: Reformas constitucionales y derechos políticos. Violencia política y constitución. Gestión de la participación. Gobierno y democracia. Formas de gobierno en la Ciudad de México. Pluralismo jurídico y apertura democrática. Democracia directa e instituciones políticas. Medios de control de constitucionalidad. Ciudadanía y ejercicio democrático. Democracia directa, participativa y representativa. Control y distribución del poder.

A continuación, se presenta el OCA del PP e IC, que es un es un recurso didáctico que permite comprender el significado de un contenido específico en la medida que entiende que dicho contenido se relaciona con conocimientos previos y subsecuentes. El OCA identifica el contenido relevante en la estructura cognitiva; explica gráficamente la relevancia de ese contenido para el aprendizaje; proporciona una visión general en un nivel más alto de abstracción, destacando las relaciones importantes; aportan un contexto ideacional que pueda ser usado para asimilar significativamente nuevos conocimientos y sirvan como un puente cognitivo con el objetivo de dar soporte al aprendizaje significativo de tópicos específicos. (Moreira, 2008; Herrera y Montero, 2021).


 

Diagrama 1.

Organizador Cognitivo de Aprendizaje

 

 

Fuente: elaboración propia con datos de Herrera y Montero, (2021).

 

 

5. Conclusiones 

 

El trabajo tuvo por objeto explorar la aplicación de la MPPEIC en el análisis de la democracia directa establecida en la Constitución Política de la Ciudad de México, para profundizar en los alcances que tiene su utilización en la investigación social. La MPPEIC se constituye como una herramienta adicional en los procesos de enseñanza-aprendizaje, pero también, como se demostró con su aplicación en el análisis constitucional, representa un medio fundamental en la investigación social para incidir en la generación de conocimiento. Es una metodología que tiene los elementos esenciales para que, con la creatividad del docente, contribuya a la investigación para la generación de aprendizajes reales y auténticos.

La intención del trabajo es contribuir al enriquecimiento de la investigación social mediante la aportación de metodologías que refuercen y fomenten la intención de las y los estudiantes a iniciarse en el trabajo de investigación de manera interdisciplinaria y desde el pensamiento complejo. Con lo cual, se busca incidir en reunificar el trabajo académico con el trabajo de investigación que realizan las y los estudiantes en su formación y que todas las actividades que realiza tengan un sentido integrador, para “erradicar la práctica de actividades irrelevantes, artificiales y sin pertinencia social“ (Herrera y Montero, 2021, p. 114).

Como se demostró, la exploración de la aplicación de esta metodología en el caso analizado, permitió dos hallazgos relevantes: el primero, tiene que ver con los alcances del PP que permitió la construcción de la problemática real y auténtica consistente en la anulación del potencial de la democracia directa mediante la obstaculización de los mecanismos como la consulta ciudadana, el Plebiscito, el Referéndum, la Consulta popular, la Consulta ciudadana y la Revocación de mandato, que tienen obstáculos deliberados para entorpecer su ejercicio.

Por otra parte, la elaboración del IC consistente en la limitación a la democracia mediante la violencia política ejercida sobre los ciudadanos para impedir su participación en las decisiones políticas de la ciudad, permitió, identificar un suceso que genera asombro, rabia e impotencia (como motivación emocional para investigarlo y erradicarlo)  en el sentido de que existen diversos obstáculos legales para ejercerlos, y que además, los representantes populares de los poderes constituidos locales, tienen incidencia en que esta situación de violencia política sobre los ciudadanos se mantenga.

De manera complementaria el OCA por medio de un organizador gráfico, permite una perspectiva integral y compleja de la problemática representada por el PP y de las emociones generadas mediante el IC; además de que proporcionó una visión general del material en un nivel alto de abstracción, destacando las relaciones importantes y de esta manera, poder integrar las teorías, metodologías, técnicas, unidades curriculares de aprendizaje, contenidos nucleares y tareas auténticas, que se requieren para llevarla a cabo.

Esta metodología fortalece los procesos de investigación en las ciencias sociales con base en la construcción de un escenario auténtico, la motivación fundada en un suceso sorprendente e inesperado, y la elaboración de un organizador gráfico para la generación de conocimientos críticos. Con base en lo anterior, esta metodología planteada desde la hibridualidad de la universidad, favorece, ilustra y motiva la elección de un tema de investigación, la construcción del planteamiento del problema, la elaboración de preguntas, objetivos e hipótesis para la investigación pertinente, innovadora, autentica y real.

Respecto al PP, el estado del arte es relativamente más escaso que en los IC y OCA. Existe nula presencia de la utilización de esta metodología aplicada en la investigación, sin embargo, existe suficiente información de esa metodología aplicada en la enseñanza-aprendizaje. El tratamiento integrado de ambos es un acierto didáctico atribuible sobre todo a los trabajos de Monereo y Badia (2012), Herrera (2014, 2020; 2022) y Herrera y Montero (2021). De esta manera, esta metodología es fecunda porque toma forma creativa y valor práctico - en manos de cada docente - como en este caso, que se propuso aplicarla en la investigación sociopolítica.

Se reitera la intención de incidir mediante esta metodología en la investigación social, para complementar las carencias y/o limitaciones existentes, y de esta manera, buscar ser el detonante para la investigación crítica y pertinente. Una de las limitantes del estudio, fue precisamente la nula existencia de trabajos en donde se verifique su aplicación en la investigación, de ahí que el presente texto haya tenido un carácter exploratorio en la aplicación de esta metodología. Asimismo, se sugiere aplicarla en diferentes disciplinas para favorecer la investigación interdisciplinaria desde el pensamiento complejo, para romper con la visión segmentada de las disciplinas científicas, tecnológicas y humanísticas, y favorecer la creación de nuevas líneas de investigación.

De igual manera, queda pendiente su aplicación en otras áreas de las ciencias sociales para posteriormente evaluar su desempeño. La MPPEIC busca constituirse en una puerta a la investigación social que motive a las y los estudiantes con base en la realidad en la que viven. Se puede concluir que esta metodología favorece la investigación para fortalecer el pensamiento crítico mejorando las habilidades, conocimientos y actitudes. Por lo tanto, es una opción para la investigación aplicada para profundizar en la producción de conocimiento social y auténticamente útil, para resolver los diferentes problemas de los entornos locales y globales (Herrera, 2022).

Finalmente, la MPPEIC desde la Hibridualidad, con base en la propuesta de Herrera y Montero (2021) favorece que la investigación en el área de las ciencias sociales sea: adaptativa, transdiciplinaria, vinculante, flexible, práxica y pertinente. Adaptativa al propulsar la capacidad para emprender, pensar globalmente y actuar localmente. Transdisciplinaria a fin de que el estudiante genere nuevas categorías epistémicas más comprensivas. Vinculante al implicar la vinculación de la investigación con el aprendizaje   y con la práctica y la experiencia. Flexible porque integra una oferta amplia de trayectorias personales que favorecen una gran diversidad de rutas de investigación. Práxica al ofrecer escenarios reales en los que sea posible la investigación con base en el desarrollo de la creatividad, la generación de ideas, el juicio crítico, las actitudes proactivas y el fomento del trabajo en equipo. Pertinente al responder a las necesidades de investigación. Por lo tanto, la MPPEIC es un instrumento pedagógico que tiene un alto potencial para incidir en la investigación social.

 

Agradecimientos

Reitero mi gratitud a la Universidad Rosario Castellanos (URC) que colaboró académicamente para la realización del estudio.

Conflicto de intereses

No existe ningún conflicto de intereses.

Financiamiento

La investigación fue financiada por la Universidad Rosario Castellanos (URC).

 

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